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Córdoba: biocombustibles, con beneficios fiscales

cordoba-argentina-biocombusLas inversiones radicadas en la provincia tendrán, además, promoción industrial.

La eximición por 15 años del pago de los impuestos a los ingresos brutos y a los sellos, además del otorgamiento de los beneficios previsto en la ley provincial de promoción industrial, son algunos de los incentivos que la Provincia ofrece para la radicación de inversiones vinculadas con la producción de biocombustibles (biodiésel, etanol y biogás). 

Las ventajas están incluidas en la flamante ley provincial 9.397 que la Legislatura aprobó esta semana y que declara de interés público la promoción de la producción, procesamiento y uso sustentable del biocombustible en la provincia.

La nueva normativa, con la que Córdoba adhiere a la ley nacional 26.093, se aprobó mediante la compatibilización de tres proyectos, teniéndose en cuenta como base la iniciativa que, en setiembre del año pasado, presentaron los legisladores radicales Isabel Bianciotti y Alider Ciocatto, primer proyecto presentado sobre esta temática.

Por lo tanto, el bloque de la UCR, a través de Bianciotti, manifestó su acompañamiento al proyecto de ley, haciendo hincapié en la necesidad de respaldar todas las actividades que representen adelantos científicos y técnicos para mejorar la calidad de vida de los cordobeses.

La legisladora radical destacó que en los últimos años se avanzó vertiginosamente en todo el país hacia la producción en escala de biodiésel, y opinó que Córdoba no puede estar al margen de la formulación de programas para el desarrollo de nuevas fuentes de energía y combustible.

«La provincia se encuentra en una inmejorable situación para la producción de biocombustibles; estamos ante una interesante oportunidad para impulsar políticas tendientes a generar condiciones económico-financieras, tributarias, de infraestructura y de servicios para estimular la instalación de emprendimientos agroindustriales. Es hora de de tomar a los biocombustibles como una verdadera política de estado» sentenció Bianciotti.

Contenido. La ley provincial define como biocombustibles al etanol, biodiésel y biogás que se produzcan a partir de materias primas de origen agropecuario, agroindustrial o desechos orgánicos, conforme a los requisitos y condiciones de calidad que determine el Ministerio de la Producción, designado por la normativa como autoridad de aplicación (artículo 2).

El Ministerio de Producción tendrá entre sus competencias promover y controlar la producción, procesamiento y el uso de biocombustibles y sus derivados. Además de establecer las normas de calidad y seguridad a las que deben ajustarse los proyectos. Crear y llevar actualizado un registro público de proyectos aprobados y plantas habilitadas, con detalle de los beneficios promocionales de que gozan. También suscribir convenios de investigación y/o cooperación técnica con entes públicos, privados, mixtos y organizaciones no gubernamentales. Controlar el cumplimento de los requisitos y condiciones de habilitación y funcionamiento que establezca la autoridad de aplicación nacional. Y por último, fiscalizar y aplicar las sanciones previstas, de acuerdo a la gravedad de la infracción constatada (artículo 3).

Para acceder a los beneficios promocionales establecidos en la ley, los emprendimientos deberán cumplir con los siguientes requisitos: encontrarse en condiciones de producir, procesar y/o almacenar biocombustibles a partir de los requisitos, y normas de calidad establecidos por la autoridad nacional, provincial y municipal; estar instalados en la provincia y que su capital social mayoritario sea propiedad de personas físicas o jurídicas destinadas a la producción agropecuaria (artículo 7).

Fuente: La Voz del Interior

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