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Biocombustibles: nuevos elementos para la futura ley

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Siguiendo con atención todo lo escrito estos días sobre aspectos fundamentales que contendría la futura ley de los biocombustibles observo que se ha puesto mucho énfasis en el último proyecto presentado ante la Comisión de Energía y Combustibles de Diputados de la Nación, pero nada se dice respecto a otros proyectos presentados con anterioridad. Es como si no existieran.

Si nos llevamos del último -por la atención que concita- y que incluso cuenta con el visto bueno del Centro Azucarero Argentino (CAA) según describe LA GACETA del 18-05-2021, vemos que -de acuerdo a mi criterio- hay aspectos que pueden ser mejorados e incorporados a la legislación a la luz de nuevos elementos técnicos que surgieran de la propia Secretaría de Energía y dan lugar para tener una buena fundamentación del proyecto. Dando prioridad a los temas, el artículo 9 dice que la mezcla etanol/nafta se mantiene en el 12% y no afectaría la proporción del etanol azucarero.

Pero aquí puede incorporarse un cambio muy importante para el % de mezcla, basado en considerar al elemento clave que es quien posibilita el límite porcentual del etanol en la mezcla -el oxígeno en las naftas- ya que su presencia y/o contenido del combustible es fundamental para mejorar el octanaje de las mismas (entre otras cosas) y contribuye a una menor emisión de gases nocivos al medio ambiente, etc. corresponde aclarar que este enfoque nació en 1995 bajo concepto de “naftas ecológicas” y allí se puntualizaba con claridad que “el contenido del oxígeno será igual o mayor de 2% en peso”, además del benceno, aromáticos, etcétera. Desde 2006, la Resolución 1283 de la citada Secretaría de Energía en su Anexo II admitía como “compuestos oxigenados al etanol en nafta”. Comenzaba con 5%, luego 10% y el valor del 12% en la mezcla se cristalizó a partir del 2016. Pero la Resolución también admitía un oxigenante sintético proveniente del metano (el MTBE, un metil) con un máximo del 15%, comprobado cancerígeno grado tres de la IARC.

Era un competidor de nuestro etanol, y que luego iría disminuyendo a medida aumentaba el etanol en la mezcla porque las evidencias técnicas estaban a la vista, con 34.7% de oxígeno del etanol vs. 18.2% del otro componente. La citada Resolución y su Anexo decían claramente que él “nivel de oxígeno posible con indicación en el surtidor” era del 3.7% en peso de la nafta. Valor importante pues una consulta de la FACET-UNT en diciembre 2015 nos decía que ese valor podía ser cubierto con el etanol hasta un 13.6% v/v sin el agregado de otros oxigenante sintéticos.

O sea la mezcla del 12% con un solo oxigenante de origen natural o de la biomasa (como el etanol) no ocasionaba ningún trastorno en los motores. Pero aquí viene la parte más importante de esta cuestión y se refiere a que el 30-09-2019, la propia Secretaría de Energía por Resolución 576/2019 modifica aquel valor del oxígeno máximo % peso llevándolo al 4.5%, con el 12% del etanol en mezcla, tanto para nafta súper (grado dos) como la premium (grado tres). Esto dio lugar a una nueva consulta de la FACET-UNT en abril de este año y la respuesta fue contundente en el sentido que “el porcentaje de etanol en volumen necesario para lograr aquel % en masa de oxígeno llega al 16.4%”.

Es decir se puede legislar para llevar la mezcla de 15% sin causar problemas mecánicos. Ello resultaría de enorme beneficio para nuestra industria, algo así como reflotar ese 15% que Tucumán tuvo hace unos 50 años con el plan Alconafta que duró más de una década, hasta 1989. Pero la citada Resolución -en su artículo 7º- deja la puerta abierta para fabricar el oxigenante ETBE (un etil del etanol) de gran uso en la UE. Existe otro aspecto muy importante para llevar la legislación a 15% de mezcla y es que -según el Diagrama de Equilibrio elaborado oportunamente por el conocido ENI de Italia para el alcohol hidratado de 96° y 4% de agua- es que a partir de ese 15% etanol/nafta -no se produce la separación de fases entre el alcohol y el agua y por lo tanto los motores pueden funcionar con los dos tipos de alcoholes: el hidratado o “buen gusto” y el conocido anhidro de 99.5° (uso actual con el 12%). Así lo aprovechó Brasil llevando la mezcla al 27% con cualquier alcohol, siendo un ejemplo al mundo. Además el hidratado es más barato y las posibilidades de mayor producción se amplían.

¿Acaso no necesita eso nuestra industria? Para ello, la legislación deberá mirar hacia delante. Dentro de los contextos enunciados, se podría agregar un párrafo para impedir el empleo de oxigenantes sintéticos del metano, etc., atento a las razones expuestas. Quienes legislan deberían tomar nota de esto. Otro artículo del Proyecto a considerar es el número 14 que se refiere concretamente a la “metodología de cálculo de los precios de los biocombustibles para el abastecimiento de las mezclas mínimas obligatorias”, etc. Como así también indica tomar en cuenta “los costos de los principales componentes de su elaboración”.

Es de suponer en nuestro caso refiere al azúcar y allí estimo, un problema en la medida que haya precios regulados, incluido la tarifa del gas natural empleado en el proceso fabril, con lo cual posiblemente no sea un costo real y puede afectar el precio final del producto etanol. En su oportunidad hicimos público (vía LA GACETA) un sistema en el cual el precio del bio etanol puede estar basado en el cociente resultante de conocer el PCI (Poder Calorífico Inferior) entre el etanol/nafta súper. La consulta efectuada a la FACET-UNT el 15-11-2020, indicó con precisión que el PCI en volumen del etanol es de 5100 kg/cal/litro y para nafta super es de 7500 kg/cal/litro. Lo importante ahora es hacer números para comprender mejor la propuesta. El cociente obtenido y multiplicado por el precio actual de la nafta súper YPF en Buenos Aires (zona de mayor consumo) de $90,40/l, arrojó un resultado para el etanol (lleva el IVA por la nafta) de $61,22/l. Es un 67.7% del precio Nafta.

Tomando el valor vigente del etanol de $51,132/l y agregado IVA, sube a$61,86/l (68.4% del total Nafta). Cifra muy similar al obtenido con el cociente PCI, lo cual demuestra que la propuesta es atendible. El valor medio de ambos resulta $61, 54/l. Al cambio oficial son U$S 0,61/l. Visto así, la legislación debería dejar una puerta abierta a estas alternativas.

Entrar en el tema del uso de fórmulas puede dar resultados afectados por las cambiantes variables económicas del país, donde la inflación tiene incidencia directa sobre los costos. Los porcentuales anteriores dan una media del 68.05% entre precio etanol vs. precio nafta. Para más detalles, los 120 cc del etanol que están en la mezcla, valen $ 7,42 (con IVA), mientras el obtenido con el cociente PCI vale $ 7,34.

Vuelve a demostrar que son valores similares. Llevado a porcentajes, la incidencia del valor de esos 120 cc en el litro combustible, serían entonces de 8.20 y 8.12% respectivamente. En resumen la proporción gira en 8%. Así vemos que el papel del cociente PCI es mantener un equilibrio entre ambos precios. Salvo que surja otra propuesta. Un tema que merece ser agregado con mayor nitidez en la legislación es el referido a los “efluentes” de la fabricación del alcohol azucarero (léase vinaza).

Si bien el artículo 4º deja entrever alguna posibilidad cuando al definir a los bio combustibles dice -entre otras cosas- “cuyo origen sea agropecuario, agroindustrial y/o provenga de desechos orgánicos”, podría quedar más explícito agregar la palabra “efluentes” por cuanto la vinaza empleada en un proceso de metanización, también es un bio combustible -como está comprobado- ya sea concentrada para dar mayor valor energético a las calderas de los ingenios y/o mediante la fermentación obtener bio gas con la misma finalidad.

Existe una buena asociación entre el calor de combustión de la vinaza y su contenido de material orgánico. (Ver libro “bio combustibles”, Ed. 2009 del suscripto en pags 159-166).

La legislación también debería contemplar ventajas impositivas para alentar inversiones en ese sentido. Toda la industria saldría ganando y beneficiando además las políticas que hacen al medio ambiente. En el término “desechos orgánicos” puede encajar perfectamente la conocida “malhoja” o RAC de la caña de azúcar, como una formidable fuente para generar energía eléctrica, ya sea para las propias fábricas y/o red pública. Así funciona en Brasil en gran escala y aquí puede ser igual. Para ello son necesarias las políticas de Estado basados en una correcta legislación. Existen proyectos completos en esta cuestión. Falta el empujón final. Finalmente debería haber un párrafo dedicado al tema de la “coparticipación del productor cañero” con el etanol azucarero, siguiendo el concepto establecido por la Ley de Maquila Agropecuaria 25113 que tanto industriales como cañeros reconocen, pero no aparece en el citado proyecto.

Por Franco A. Fogliata

Ingeniero Agrónomo

FUENTE: LA GACETA

Fimaco

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