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Hasta ahora eran móviles y ahora pasarán a ser fijas. Es para alinearlas con el aceite de soja, que tenía 27%.Vista de un tanque de almacenamiento en el complejo industrial de Louis Dreyfus Company en General Lagos, Santa Fe. AFP
Retenciones
El Gobierno nacional eliminó el régimen de retenciones móviles del biodiésel y fijó en 8% la alícuota del derecho de exportación a partir del 1 de enero de 2018. Actualmente está en 0%, es decir que habrá un incremento de los cargos que deberán pagar los exportadores.
El grano de soja tributa una tasa de retención del 30%, el aceite de soja, materia prima para la elaboración del biocombustible, paga un 27% y ahora el biodiésel pagará 8%.
El decreto 1025 publicado hoy en el Boletín Oficial deroga la normativa del 19 de septiembre de 2012 que estableció la fórmula de determinación de los derechos de exportación del biodiésel.
El decreto 1719/2012 establecía además los parámetros a tener en cuenta por la «unidad ejecutiva interdisciplinaria de monitoreo», para el cálculo del precio del biodiésel destinado al mercado interno.
En los considerandos de la decisión difundida hoy se argumenta que «la variación de las condiciones en las cuales fue dictado el citado decreto N° 1719/12, exige la adecuación de la normativa que rige el sector al contexto en el cual actualmente se desarrolla el mercado».
Señala además que «se hace necesaria una armonización entre los derechos de exportación del biodiésel y el de su principal materia prima, el aceite de soja, para alcanzar una convergencia entre los mismos».
Por último, se estableció que «el precio del biodiésel destinado al mercado interno será determinado por el Ministerio de Energía y Minería, por sí o a través de las dependencias creadas bajo su órbita, a cuyo fin dicho organismo podrá dictar las normas que estime corresponder».
Inconstitucional
El mercado de biodiésel está convulsionado desde que Estados Unidos fijó un arancel de más de 70% por considerar que hay dumping.
Hay que tener en cuenta que en función de los altos aranceles de importación -sumando el normal y el antidumping- vigente en Europa -que prácticamente es el único destino-, además de los precios limitados que tiene en ese destino el biodiésel de soja, se afecta significativamente la posibilidad de exportar a partir de enero próximo. Esto no es bueno, dado que exportar biodiésel implica diversificar nuestros destinos de exportación», dijo el director Ejecutivo de la Asociación Argentina de Biocombustibles e Hidrógeno, Claudio Molina.
El ejecutivo sostuvo además que «la atribución de fijar retenciones corresponde al Congreso de la Nación, por aplicación del artículo 75 inciso 1. El Poder Ejecutivo ya no tiene poderes delegados por el Código Aduanero para fijar retenciones, por lo que en este sentido, el Decreto 1025/17 publicado hoy, es inconstitucional».
FUENTE: DIARIO CLARIN