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Biocombustibles en Argentina, nuevo incremento de las retenciones al biodiesel

Claudio-Molina.-biodieselEsta medida fue publicada el di?a 26 de mayo de 2015 en el sitio web de la Secretari?a de Energi?a de la Nacio?n.

La Unidad Ejecutiva Interdisciplinaria de Monitoreo resolvio? reducir los precios del biodiesel que se comercializa en el mercado interno, y aumentar los derechos de exportacio?n (desde un 5 % efectivo vigente en marzo de 2015, hasta un 13,20 % efectivo para abril de 2015). Esta medida fue publicada el di?a 26 de mayo de 2015 en el sitio web de la Secretari?a de Energi?a de la Nacio?n.

En este sentido, comparto las siguientes reflexiones:

a. El Decreto 1719/12 establece un re?gimen de fijacio?n de precios para el mercado interno y derechos de exportacio?n del biodiesel, con publicacio?n quincenal. En la pra?ctica, esta norma se conoce como re?gimen de retenciones mo?viles. Adema?s de tratarse de un decreto inconstitucional1, lo establecido por dicho decreto, el propio Poder Ejecutivo no lo cumple. La Unidad Ejecutiva Interdisciplinaria de Monitoreo (en adelante UEIM) establece los precios y las ali?cuotas de derecho de exportacio?n con cara?cter retroactivo –en muchas ocasiones se registraron atrasos de ma?s de tres meses en las publicaciones que efectu?a la Secretari?a de Energi?a de la Nacio?n, en adelante, SE, como consecuencia de esas resoluciones-.

b. Las decisiones de la UEIM se instrumentan en actas que no se publican en el Boleti?n Oficial, hecho incompatible con un re?gimen democra?tico, ya que se trata de actos pu?blicos que bajo ningu?n fundamento pueden considerarse “reservados”. Como podra? observarse en el link de internet antes referido, con anterioridad a junio de 2014, las ali?cuotas de derechos de exportacio?n del biodiesel, no esta?n publicadas. Entre octubre de 2012 y mayo de 2014, los exportadores se enteraban de cua?l era la que correspondi?a, al oficializar el permiso de embarque, hecho por dema?s injusto, no ajustado a derecho. Desde junio de 2014 son publicadas dichas ali?cuotas en el sitio web de la SE, pero no en el Boleti?n Oficial, mediando al menos una resolucio?n ministerial; como dichas publicaciones y consecuente comunicacio?n a la Direccio?n General de Aduanas, tambie?n se efectu?a por parte de la UEIM en forma retroactiva, los exportadores se encuentran con una situacio?n donde la ali?cuota a la que se oficializo? el respectivo permiso de embarque, es distinta a la que finalmente la UEIM fijo? para ese mes, hecho que genera contingencias de alcance difi?cil de cuantificar.

c. La UEIM, al no hacer pu?blicas sus actas, no transparenta la metodologi?a para determinar los referidos derechos de exportacio?n. Si uno analiza la evolucio?n de los mismos, a la luz de la situacio?n del mercado de biodiesel en cada momento, resulta muy difi?cil justificar las variaciones que la ali?cuota de derechos de exportacio?n del biodiesel ha registrado.

d. Desde hace mucho tiempo la industria exportadora de biodiesel solicito? a la Direccio?n General de Aduanas, a la UEIM y a la SE, que instrumenten todos los medios a su alcance para ampliar los plazos de los permisos de embarque –desde los actuales treinta di?as en vigencia- y permita fijar los derechos de exportacio?n – con pago anticipado de los mismos al momento de la oficializacio?n del permiso de embarque-, porque en las actuales condiciones es muy difi?cil, sino imposible, operar comercialmente 3. Nunca fue respondido este petitorio, al contrario, la variabilidad que presenta la ali?cuota de derechos de exportacio?n del biodiesel con el paso del tiempo, aumento?, lo que se traduce en una respuesta opuesta a las necesidades de la industria.

e. Con relacio?n al precio interno obligatorio para las ventas de biodiesel a las compan?i?as petroleras que efectu?an el corte con gasoil mineral, como asi? tambie?n para el segmento de generacio?n ele?ctrica, derivado del cumplimiento del arti?culo 7 de la Ley 26.093, el que es establecido por la UEIM desde el momento de su creacio?n en agosto de 2012, segu?n expuse antes, el mismo no es representativo de la economi?a de las empresas, en un contexto de constante y creciente suba de costos. Mientras las pequen?as, medianas empresas, y grandes no integradas, productoras de biodiesel o ya pararon sus actividades en algunos casos, o esta?n al borde del paro –porque el precio que le fija la UEIM no alcanza a cubrir los costos, las ma?s grandes e integradas con fa?bricas de aceites –que pra?cticamente no reciben cupo para operar en el mercado interno por parte de la SE- deben enfrentar precios ma?s bajos que el resto, que desde siempre fueron insuficientes y que imposibilitan la fluidez en su oferta. Este precio es obligatorio para las operaciones con CAMMESA, cualquiera sea la categori?a de las empresas oferentes de biodiesel y no esta? cubriendo hoy, los costos variables de produccio?n (ni pensar en los costos fijos, con la coyuntura actual de muy baja utilizacio?n de capacidad instalada). O sea, que la convocatoria efectuada por dicha empresa, es ma?s abstracta que real, ya que las condiciones de calidad ma?s rigurosas establecidas en el pliego de condiciones y el bajo precio al que debera?n ajustarse las ofertas de los productores de biodiesel interesados en participar de dicha convocatoria, atenta contra el cumplimiento efectivo de la obligacio?n de uso de biodiesel en el segmento ele?ctrico, en cortes con un contenido de 10 % de este biocombustible en el gasoil mineral.

Como si todo esto fuera poco, se registra un aumento de la marginalidad por parte de agentes econo?micos que aprovechan la coyuntura del mercado interno de combustibles y la debilidad en la funcio?n de contralor que muestra la Secretari?a de Energi?a (pareciera ma?s por los escasos recursos con que cuenta, que por otra cuestio?n), tema al que ya me referi? en una anterior columna de opinio?n. De persistir todo esto, a corto plazo la industria argentina de biodiesel va camino a una crisis de proporciones nunca antes conocida, poniendo en riesgo la continuidad del Programa Nacional de Biocombustibles.

Espero que no sea ese el objetivo final que persiguen las decisiones de la UEIM y que no sea una vez ma?s la Presidenta de la Nacio?n la que tenga que rectificar el rumbo, corrigiendo los errores que se esta?n cometiendo, como lo hizo en varias ocasiones desde que se creo? la UEIM en agosto de 2012 para sostener la poli?tica de estado que en materia de biocombustibles se creo? en el Gobierno del Dr. Ne?stor Kirchner y se consolido? durante su propio Gobierno, con un respaldo mayoritario y contundente de la mayori?a del arco poli?tico de nuestro pai?s, integrantes del Oficialismo y de la Oposicio?n.

Por Claudio Molina. Director Ejecutivo de la Asociacio?n Argentina de Biocombustibles e Hidro?geno

Fuente: Infocampo

Fimaco

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