Otorgado el beneficio, los responsables deberán discriminar en las declaraciones juradas los ingresos entre gravados, no gravados y exentosLa Agencia de Recaudación bonaerense (ARBA) reglamentó los beneficios fiscales que ya rigen para productores del software y de biocombustibles.
La reglamentación se dio a conocer a través de la resolución 13/2011 publicada en la web del organismo que conduce Martín Di Bella.
La norma establece entre otros aspectos, que «otorgado el beneficio promocional, los contribuyentes alcanzados deberán discriminar en las declaraciones juradas los ingresos brutos obtenidos por cada actividad, indicando de manera diferenciada si los mismos revisten total o parcialmente el carácter de gravados, no gravados o exentos».
La resolución también establece que «tratándose de contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos comprendidos en las normas del Convenio Multilateral, la exención se aplicará a los ingresos alcanzados, con el límite de los ingresos atribuidos a esta Provincia por aplicación del mencionado Convenio».
«Cuando con posterioridad a la obtención de la exención del Impuesto Inmobiliario, ARBA detecte que el industrial promovido ha dejado de revestir el carácter de contribuyente por alguno de los bienes comprendidos en el beneficio, la misma procederá a dar de baja la exención de manera automática», advierte la norma.
FUENTE: INFOBAE PROFESIONAL