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La OMI 2020 traerá un cambio dramático en la demanda de combustibles marinos utilizados en todo el mundo, desde combustible marino – fueloil- con alto contenido de azufre (HSFO) hasta lograr un combustible marino- fueloil con 0.5% de azufre.
Este cambio en la demanda tendrá un fuerte impacto dramático en la industria de la refinación de petróleo a nivel refinación global.
El límite mundial de contenido de azufre de 2020
La Organización Marítima Internacional (OMI) ha fijado un nuevo límite mundial de contenido de azufre del fueloil (bunker) utilizado en los buques de 0.50% masa/masa (corresponde a 5000 ppm de azufre) a partir del 1 de enero de 2020.
La razón de esta regulación es de carácter ambiental ya que su implantación reducirá considerablemente la cantidad de óxido de azufre producida por los buques, lo que supondrá importantes beneficios sanitarios y ambientales para el mundo, especialmente para las poblaciones cercanas a puertos.
El límite mundial de contenido de azufre del fueloil de los buques actual es de 3,50% masa/masa.” (35,000 ppm de azufre).
La OMI continuó afirmando que el nuevo límite mundial para el contenido de azufre será de 0,50% masa/masa (5,000 ppm) y se aplicará a partir del 1 de enero del 2020.
“La fecha fue acordada en el 2008. Luego se evaluó luego la disponibilidad de combustible de bajo contenido de azufre para su utilización por los buques, con el fin de ayudar a los Estados Miembros a determinar si el nuevo límite inferior límite mundial de las emisiones de azufre procedentes del transporte marítimo internacional podría entrar en vigor efectivamente el 1 de enero de 2020 o se aplazaría hasta el 1 de enero de 2025.
El Comité de protección del medio marino de la OMI (MEPC 70), en octubre de 2016, decidió el límite de 0.50% (5,000 ppm) se aplicará a partir del 1 de enero de 2020.
Hoy se estima que no habrá ningún cambio en la fecha de implantación del 1 de enero de 2020 ya que es demasiado tarde para modificar la fecha y para que una nueva fecha entre en vigor antes del 1 de enero de 2020.
Sin embargo, los Estados Miembros de la OMI trabajarán en los órganos técnicos pertinentes de la OMI para abordar todas las cuestiones que podrían surgir con respecto a garantizar la implantación coherente”.
La IMO 2020 y los buques
Con la IMO 2020, los buques deberán quemar fueloil con un contenido de azufre que no exceda de 0.50% (5,000 ppm) masa/masa, frente al límite actual de 35,000 ppm que ha estado vigente desde el 1 de enero de 2012.
Para que los buques puedan cumplir las normas de emisiones de bajo contenido de azufre, podrán emplear gas natural como combustible, que casi no produce óxidos de azufre. Este combustible de bajo punto de inflamación (Código IGF), está permitido desde 2015. Otro combustible alternativo es el metanol, que se usa en algunas rutas marinas cortas.
Los buques también pueden cumplir las regulaciones sobre emisiones de SOx usando alguno de los métodos equivalentes aprobados, tales como sistemas de limpieza de los gases de escape, o los “lavadores” que “limpian” las emisiones antes de que sean liberadas en la atmósfera. En este caso, los medios equivalentes deben ser aprobados por el Estado que abandera el buque.
Los buques que empleen de fueloil deberán obtener una nota de entrega de combustible, que establecerá el contenido de azufre del fueloil suministrado. Podrá tomarse muestras para la verificación.
Cada país que abandere buques deberá expedir a los buques un certificado internacional de prevención de la contaminación atmosférica (Certificado IAPP). Este certificado incluye una sección que indica que el buque utiliza fueloil con un contenido de azufre que no excede el valor límite aplicable según consta en las notas de entrega de combustible, o que utiliza una disposición equivalente.
Los Estados que reciben buques pueden verificar que el buque cumple las reglas.
Para los buques que incumplan la normativa las sanciones serán establecidas individualmente por las partes en el Convenio MARPOL en calidad de Estados que Abanderan y Estados rectores de puertos. La OMI no establece sanciones o multas: le corresponde a cada parte.
La implantación de la Normativa es responsabilidad de las Administraciones de los Estados de abanderamiento (Estados rectores de puertos/Estados ribereños). Garantizar la implantación uniforme y eficaz del límite de contenido de azufre 0.50% masa/masa para 2020 es una alta prioridad.
Para garantizar la calidad del fueloil, la OMI está elaborando unas orientaciones sobre las mejores prácticas para los compradores/usuarios de fueloil y un proyecto de las mejores prácticas para los Estados Miembros y los Estados ribereños.
Durante el año 2017 el OMI encontró que el contenido medio de azufre de los combustibles residuales analizados en 2016 fue de 2.58 % (25,800 ppm). El contenido medio de azufre a escala mundial de los combustibles destilados fue de 0.08% (800 ppm).
El Gas Natural Licuado (GNL) y su empleo en buques
La OMI ha publicado estudios sobre la viabilidad y la utilización de GNL como combustible para el transporte marítimo.
Las zonas de control de emisiones de SOx en virtud del Anexo VI del Convenio MARPOL son: la zona del mar Báltico, la zona del mar del Norte, la zona de Norteamérica (que abarcan las zonas costeras de los Estados Unidos y Canadá) y la zona del mar Caribe de los Estados Unidos (alrededor de Puerto Rico y de las Islas Vírgenes de los Estados Unidos)”.
Los descensos en los contenidos de azufre en el fueloil se muestran a continuación:
1)Hasta el 1 de enero de 2012 el contenido máximo de azufre el fueloil(bunker marino) fue de 4.50 % masa/masa (45,000 ppm)
2)A partir del 1 de enero de 2012 el contenido máximo de azufre en el fueloil marino se redujo hasta 3.50 % masa/masa (35,000 ppm)
3)A partir del 1 de enero de 2020 el contenido máximo de azufre en el fueloil marino se reducirá hasta 0,50 % masa/masa (5,000 ppm).
4)Desde el 1 de enero de 2015, el límite de azufre del fueloil utilizado por los buques en las zonas de control de las emisiones de SOx (ECAS) establecido por la OMI ha sido de 0.10% masa/masa. (1000 ppm).
Los costos de implantar estas Normas
Algunas empresas navieras ya tienen determinados los costos de implementar y ajustar sus emisiones de acuerdo a la OMI 2020.
En el 2020, el 90% de la Flota Mundial cumplirá con la Norma del 0,5 %, pero esto implicara 30 mil millones de dólares de incremento en costos de la Industria del transporte de los Contenedores.
Por ejemplo a Maersk le implicara un aumento de 2 mil millones de dólares de incremento.
Argentina que papel podría jugar
Actualmente estamos fuera de la logística de abastecimiento y bunquering. La Grandes Navieras cargan en Algeciras, Puertos de Centro América, el Cuerno de África . Es decir logisticamente estamos lejos, muy lejos, de las principales rutas.
Estamos Limitados por las denuncias de dumping a nuestro Biodiesel por diferentes bloques comerciales.
El mayor control va a estar en Norte América, Canadá, Centro América y el mar del Caribe, el Mar Báltico, Mar del Norte (ECA Zone Cap).
No obstante existen varios puntos a favor de nuestros Puertos:
1. Nuestras Plantas de Biodiesel están “pegadas “ a los Puertos;
2. Nuestra Capacidad Instalada es colosal y hoy utilizada a un 40 %;
3. La banderas de los Buques que podrían cargar Biodiesel o un “ Blend a Preparar” , no tienen inconvenientes con denuncias Anti Dumping sobre nuestro Biodiesel;
4. 4200 Buques por año navegan, solo, por Up River;
5. Nuestro Biodiésel prácticamente no tiene emisión de Azufre.
6. Podríamos tomar medidas ambientalmente favorables desde la Subsecretaria de Puertos y vias navegables y Marina Mercante pero esto siempre implica mayores costos para nuestros fletes Marítimos y Fluviales.
Es una discusión abierta a las Plantas de Biodiesel , a las Autoridades Portuarias y a las Cámaras del Sector.
Por Fernando E. Molinari
Especialista en Gestión Portuaria
Contador Publico y Licenciado en Administración (UNR)
Becado OEA y Puertos del Estado ( Fundación Valencia Port- Spain)
Ex- Gerente Astilleros Martins
Ex- Gerente Puerto Santa Fe
Sindico Zona Franca Santafesina
PTP Group
Especial para Nextfuel Argentina www.biodiesel.com.ar